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Agenda de actividades

Bono coidado 2019

Plazo abierto hasta el 31 de agosto de 2019.

02/04/2019 - 02/09/2019

La Consellería de Política Social convoca ayudas económicas a las familias para la atención a domicilio de niñas y niños menores de doce años a través del programa Bono cuidado.

Plazo hasta el 31/08/2019

 

Requisitos:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Bono cuidado los padres/madres, tutores/las o las personas que tengan en situación de acogimiento familiar o guardia preadoptiva niños/las menores de doce años residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que se encuentren en los supuestos siguientes: la) Tener una niña o un niño nacido/la con posterioridad a 31 de diciembre de 2006 cuando el servicio para lo cuál se solicita ayuda se recibiera en el último trimestre del año 2018, y con posterioridad a 31 de diciembre de 2007 para aquellos que se reciban durante operíodo subvencionable del año 2019.

b) Que la renta de la unidad familiar, entendida como la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro, no supere los 45.000 € o los 13.500 € per cápita. Para estos efectos, se tendrá en cuenta a declaración del IRPF del año 2017. Además, las personas beneficiarias tienen que cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Además, las personas beneficiarias tienen que cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

 

Remuneración/dotación:

La cuantía de la ayuda estará en función de la renta per cápita de la unidad familiar, de acuerdo con los siguientes tramos: la) Renta per cápita familiar hasta 3.750 euros: 14 €/hora

b) Renta per cápita familiar superior a 3.750 y hasta 7.500 euros: 11 €/hora
c) Renta per cápita familiar superior a 7.500 y hasta 10.000 euros: 9 €/hora

d) Renta per cápita familiar superior a 10.000 y hasta 13.500 euros o superior dentro de los límites establecidos en el artículo 3.1. b): 7 €/hora

Las mujeres víctimas de violencia de género recibirán en todo caso a ayuda prevista naletra a).

El período subvencionable comprenderá desde lo 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de noviembre de 2019.

La percepción de estas ayudas es compatible con otras subvenciones, ayudas a ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de calquer otra administración o ente pública o privado. Se deben acreditar documentalmente. Las ayudas de esta orden no poderan superar el coste de las otras ayudas recibidas.

 

Lugar de presentación de solicitudes:

Tramite: Sede electrónica

Presencialmente: lugares/registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Más información: DOG

Lugar de celebración:

Archivada en:
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