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Ayudas para adquirir libros de texto y material escolar destinadas al alumnado matriculado en educación primaria, ESO y educación especial

La Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional ponen en marcha el procedimiento para la participación en el fondo solidario de libros de texto y convoca las ayudas para el curso escolar 2020/21.

20/05/2020 - 19/06/2020 | Galicia

ayudas para libros de texto Galicia

 

Resolución

Plazo de seis meses

Sentido del silencio: Negativo

 

A quién va dirigido?

Aquellas familias con alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia sostenidos con fondos públicos en las modalidades de gratuidad solidaria que se relacionan a seguir:

- Fondo solidario de libros de texto del alumnado matriculado en 3º, 4º, 5º y 6º de educación primaria (EP), y en 1º, 2º, 3º y 4º de enseñanza secundaria obligatoria (ESO).

- Ayudas para adquirir libros de texto destinadas al alumnado matriculado en 1º y 2º de EP, y en educación especial (EE), así como las ayudas que puede recibir el alumnado incluido en la disposición adicional primera de la orden.

- Ayudas para material escolar destinadas al alumnado matriculado en EP, ESO y EE.

El alumnado matriculado en los centros y cursos incluidos en el proyecto educación digital (Y-DIXGAL) en el curso 2020/21 está excluido de la participación en el fondo solidario de libros de texto y de las ayudas para adquirir libros de texto. No obstante, tendrá derecho a la ayuda para adquirir material escolar, así como a las establecidas en las disposiciones adicionales primera y segunda, se reúne los requisitos establecidos en esta orden.

 

Solicitud

La solicitud será única para todos los hijos y, de ser el caso, tutelados que estén admitidos en el mismo centro docente para el curso 2020/21; en ella se especificará el nivel de estudios que espera realizar cada uno de ellos en el citado curso. Se estuvieran admitidos en centros docentes distintos, se presentará una solicitud en cada uno de los centros, en la cual se incluirán los admitidos en ese centro para el curso 2020/21. En caso de que la solicitud se tramite por vía electrónica empleando la aplicación Fondolibros, será necesaria la presentación de una solicitud por cada alumno/la.

Cuando el alumnado, en el momento de presentar la solicitud, aun no esté admitido en ningún centro docente para el curso 2020/21, deberá presentarla en el centro en que estuviera matriculado en el curso 2019/20. Este centro registrará la solicitud de manera que acredite su entrada en plazo y la enviará al centro de destino en que el alumno resulte admitido, que será el encargado de su grabación y tramitación.

En caso de presentación (por vía electrónica y/o presencial) de más de una solicitud, la persona solicitante deberá presentar ante lo centro docente un escrito donde indique cual desea que se tramite.

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica en los formularios normalizados disponibles en la aplicación informática « fondolibros» ( https://www.edu.xunta.es/fondolibros) a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en los centros docentes o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

 

Asignación de libros y cuantía de las ayudas

1. La asignación de libros de texto correspondientes a los cursos 3º, 4º, 5º y 6º de EP y a todos los cursos de ESO que estén disponibles en el fondo solidario del centro se efectuará:

a) Al alumnado que participe en el fondo solidario, por orden inversa a la renta per cápita de la unidad familiar, hasta que se agoten las existencias.
b) Tendrá preferencia para esta adjudicación el alumnado en situación de guardia o tutela de la Xunta de Galicia o con una discapacidad igual o superior al 65%, con independencia de la renta.

Agotados los libros disponibles en el fondo solidario, el centro docente adquirirá los libros de texto complementarios que sean necesarios para garantizar:

a) Al alumnado con renta per cápita familiar igual o inferior a 6.000€: seis (6) libros de texto.
b) Al alumnado con renta per cápita familiar superior a 6.000€ e igual o inferior a 10.000€: cuatro (4) libros de texto.
c) Al alumnado en situación de guardia o tutela de la Xunta de Galicia o con una discapacidad igual o superior al 65%: seis (6) libros, con independencia de la renta.

El importe máximo que abonará la consellería la cada centro por cada libro complementario adquirido será de: 35€ en EP y 40€ en ESO.

 

2. La cuantía de las ayudas para adquirir libros de texto será:

a) Para el alumnado de 1º y 2º de EP:

1º. Renta per cápita familiar igual o inferior a 6.000€: 210€.

2º.Renta per cápita familiar superior a 6.000€ e igual o inferior a 10.000€: 140€.
b) Para el alumnado matriculado en EE, en centros específicos o en unidades de EE de centros comunes, o con una discapacidad igual o superior al 65%, la cuantía de las ayudas será de 275€, con independencia de la renta per cápita de la unidad familiar.
c) Para el alumnado en situación de guardia o tutela de la Xunta de Galicia, el importe de la ayuda será el mayor correspondiente a la enseñanza y curso en que esté matriculado, con independencia de la renta per cápita de la unidad familiar.

d) Para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, al cual se refiere la disposición adicional segunda de esta orden:

- Alumnado de 3º, 4º, 5º y 6º de EP:

1º. Renta per cápita familiar igual o inferior a 6.000€: 210€.

2º. Renta per cápita familiar superior a 6.000€ e igual o inferior a 10.000€: 140€.

- Alumnado de ESO:

1º. Renta per cápita familiar igual o inferior a 6.000€: 240€.

2º. Renta per cápita familiar superior a 6.000€ e igual o inferior a 10.000€: 160€.

3. La cuantía de la ayuda para adquirir material escolar destinado a alumnado matriculado en EP y en ESO con renta per cápita familiar igual o inferior a 6.000€ será de 50€.

El alumnado que esté en situación de guardia o tutela de la Xunta de Galicia, el alumnado de EE o con una discapacidad igual o superior al 65% será beneficiario de esta ayuda con independencia de la renta.

 

Lugar de celebración:

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