Agenda de actividades
Plan veo: ayudas para la adquisición de gafas, gafas graduadas y lentillas destinadas a menores de hasta 16 años
Órgano del que depende: Ministerio de sanidad
17/12/2025 - 31/12/2026 | España

Esta ayuda tiene como obxeto implementar ayudas directas para sufragar la adquisición de sistemas de ayuda visual, específicamente gafas (monturas), gafas escalonadas y lentillas, y la solución líquida para lentillas necesaria para su mantenimiento, en población menor de edad hasta los dieciséis años incluidos.
Plazo
La adquisición deberá tener lugar entre el 17 de diciembre de 2025 y el 31 de diciembre de 2026, o en su caso, hasta la fecha de agotamiento de las disponibilidades presupuestarias.
Cuantía
Tendrán un importe máximo de 100€, IVA incluido, por persona beneficiaria. Esta ayuda se concederá por una sola vez durante el período de un año (365 días) la cada persona beneficiaria.
Requisitos
1. Tener cumplidos dieciséis años o menos en el momento de solicitar la ayuda
2. Tener derecho a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos por parte del Sistema Nacional de Salud (SNS)
3. Tener un problema de refracción acreditado por un profesional sanitario susceptible de ser corregido por un sistema de ayuda visual, siempre que dicho problema no tenga una causa identificable que cuente con un tratamiento autorizado y financiado por el SNS
4. Para ayudas que se concedan con cargo al ejercicio presupuestario de 2026 y 2027, transcurrir por lo menos un período de un año (365 días) desde el día en que se adquirió un producto de los especificados
Atendiendo a la naturaleza de la ayuda, no se exigirá a las personas beneficiarias los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Gastos subvencionables
Será gasto subvencionable a adquisición de los productos recogidos en este apartado, destinados a personas menores de edad hasta los dieciséis años incluidos, hasta una cuantía máxima de cien euros (100€), con IVA incluido, realizada a través de las entidades adheridas:
1. Montura básica de gafas con gafas graduadas orgánicas con antirreflejante
2. Gafas graduadas orgánicas con antirreflejantes
3. Lentillas de material hidrofílico o gas permeable y la solución líquida para lentillas necesaria para su mantenimiento, ambas en una cuantía suficiente para su uso durante un período de un año (365 días)
Cuando la adquisición de sistemas de ayuda visual superara el límite de 100€, se podrá abonar la diferencia hasta el precio total. La entidad adherida emitirá en este caso la factura con indicación expresa de la cuantía exenta de abono por aplicación del presente real decreto.
El importe objeto de subvención no será reembolsable.
La compraventa de los artículos deberá formalizarse de forma física en el establecimiento de la entidad adherida, no siendo posible a compraventa a distancia.
En ningún caso serán subvencionables los gastos de los servicios ópticos o optométricos derivados de la adquisición de los sistemas de ayuda visual, tales como la graduación o el consejo personalizado.
Documentación a presentar en las ópticas adheridas al Plan Veo
1. DNI u otro documento identificativo de la persona beneficiaria
2. Documento acreditativo de derecho de la persona beneficiaria a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos por parte del SNS
3. Documento acreditativo de la patria potestad o tutela sobre la persona beneficiaria
Lugar de celebración:
Archivada en:
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