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Becas y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, 2025-2026

Ayudas directas para los alumnos que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad, de trastornos graves de conducta o de trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales
 

30/04/2025 - 11/09/2025

 
Plazo de presentación
Desde el 30 de abril hasta el 11 de septiembre
 
 
Personas beneficiarias
Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, en los términos indicados en la convocatoria, y que presenten necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta, trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales, o TEA y que se encuentren cursando estudios en un centro específico, en una unidad de educación especial de centro ordinario o en un centro ordinario que escolarice alumnos que presenten necesidad específica de apoyo educativo en alguno de los siguientes niveles educativos:
a) Educación infantil
b) Educación primaria
c) Educación Secundaria Obligatoria
d) Bachillerato
e) Ciclos formativos de grado básico
f) Ciclos formativos de grado medio y de grado superior
g) Enseñanzas artísticas profesionales
h) Programas de formación para la transición a la vida adulta
i) Otros programas formativos de formación profesional
Asimismo, podrán solicitar las ayudas los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades escolarizados en alguno de los niveles educativos que se señalan en los apartados b), c), d), f) y g) anteriores
 
Solicitudes
Las solicitudes tanto de ayudas como de subsidios deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio deEducación, Formación Profesional y Deportes en la dirección https://sede.educacion.gob.es. Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal, en el caso de ser menor de 18 años, con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
 
Cuantias
· Enseñanza: hasta 862,00 euros
· Transporte interurbano: hasta 617,00 euros
· Comedor escolar: hasta 574,00 euros
· Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros
· Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros
· Transporte urbano: hasta 308,00 euros
· Libros y material didáctico:
Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Formación para la transición a la vida adulta y Otros programas formativos de formación profesional: hasta 105,00 euros.
Resto de niveles de la enseñanza postobligatoria: hasta 204,00 euros.
· Reeducación pedagógica o del lenguaje: hasta 913,00 euros para cada una de ellas.
· Cuantía asociada a altas capacidades: una cantidad máxima de 913,00 euros
· Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general: 400 euros
 
 
 
Lugar de celebración:

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